Guía de mociones judiciales

Moción para obligar a entregar pruebas en un divorcio en Illinois

La obtención de pruebas (discovery) es la forma en que cada cónyuge conoce los hechos sobre ingresos, cuentas y bienes. Cuando su cónyuge no responde, una moción para obligar (motion to compel) pide al juez que ordene el cumplimiento. Esta guía explica las Reglas de la Corte Suprema de Illinois que se aplican, el procedimiento en el Condado de Cook y qué ocurre si la otra parte sigue negándose.

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La respuesta breve

La obtención de pruebas en un divorcio en Illinois funciona con plazos. Por lo general, los interrogatorios y las solicitudes de documentos deben responderse dentro de 28 días. Cuando las respuestas llegan tarde, están incompletas o no llegan, primero usted habla con la otra parte e intenta resolverlo. Si eso no funciona, presenta una moción para obligar, notifica el aviso y pide al juez una orden con un plazo firme. Si la negativa continúa, pueden imponerse sanciones.

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Qué pruebas le debe entregar la otra parte

La obtención de pruebas se rige por las Reglas de la Corte Suprema de Illinois, principalmente las Reglas 201 a 219, y en el Condado de Cook por la Parte 13 de las Reglas del Tribunal de Circuito del Condado de Cook. La Regla 13.4(g) establece que la obtención de pruebas sigue las Reglas de la Corte Suprema y que las mociones sobre obtención de pruebas se presentan ante el juez asignado para su supervisión y cumplimiento. Estas son las herramientas principales en un divorcio.

Interrogatorios

Los interrogatorios son preguntas por escrito que la otra parte debe responder bajo juramento. Según la Regla 213 de la Corte Suprema, una parte puede enviar hasta 30 interrogatorios, incluidos los subapartados, salvo que las partes acuerden más o que el tribunal lo permita. La parte que responde tiene 28 días después de la notificación para entregar respuestas juradas u objeciones a cada pregunta, y debe repetir cada pregunta antes de su respuesta.

Solicitudes de exhibición de documentos

Una solicitud de exhibición de documentos según la Regla 214 pide documentos, información almacenada electrónicamente y otros objetos: estados de cuenta bancarios y de tarjetas de crédito, declaraciones de impuestos, registros de negocios y estados de cuentas de jubilación. La solicitud debe conceder al menos 28 días para responder, salvo que las partes acuerden o el tribunal ordene otro plazo. La parte que responde debe entregar los materiales o presentar objeciones por escrito, y debe proporcionar una declaración jurada que indique si la entrega está completa. En el Condado de Cook, la Regla 13.4(g)(iv) agrega que esta declaración jurada debe enumerar con precisión los documentos entregados. Ambas partes tienen el deber continuo de complementar sus respuestas.

Declaración jurada financiera

La Regla 13.3.1 del Condado de Cook convierte la declaración jurada financiera en una divulgación obligatoria en los casos que involucran división de bienes, manutención conyugal, manutención de menores u honorarios de abogado, y se entrega junto con el comprobante de ingresos según la Regla 13.3.2. La Regla 13.3.1(e) también establece que una parte debe entregar su propia declaración jurada financiera completa antes de solicitar pruebas, salvo que el tribunal ordene otra cosa. El cónyuge que no la entrega a tiempo puede enfrentar las sanciones que el tribunal considere apropiadas, incluidas las de la Regla 219 de la Corte Suprema. Nuestra página sobre la obtención de pruebas en el divorcio explica cómo encajan estas piezas.

La conferencia de la Regla 201(k) antes de presentar la moción

La Regla 201(k) de la Corte Suprema exige que las partes hagan intentos razonables para resolver sus diferencias sobre la obtención de pruebas. Toda moción sobre obtención de pruebas debe incluir una declaración de que, después de una consulta personal y de intentos razonables para resolver las diferencias, las partes no lograron un acuerdo, o de que la otra parte no se puso a disposición para la consulta o actuó de manera irrazonable.

Al primer paso se le suele llamar "carta de la Regla 201(k)". Una carta o un correo electrónico que enumere cada respuesta faltante y proponga una fecha es un buen comienzo. Como la regla habla de una consulta personal, haga un seguimiento con una llamada telefónica, una videollamada o una reunión. Lleve un registro breve de cada contacto: la fecha, quién participó, qué se habló y qué se prometió. Ese registro se convierte en la declaración de la Regla 201(k) de su moción. Las partes que se representan a sí mismas deben seguir los mismos pasos.

Cómo presentar una moción para obligar en el Condado de Cook, paso a paso

En la División de Relaciones Domésticas (Domestic Relations Division), la moción para obligar a entregar pruebas la atiende el juez asignado a su caso. Estos son los pasos habituales.

  1. Identifique lo que falta. Haga una lista de cada interrogatorio sin respuesta y de cada categoría de documentos faltantes. La Regla 13.4(g)(iii) del Condado de Cook exige que toda objeción a un interrogatorio o a una respuesta incluya el interrogatorio o la respuesta en cuestión, así que cítelos textualmente en su moción.
  2. Revise su propio cumplimiento. Confirme que entregó su declaración jurada financiera y su comprobante de ingresos, que sus solicitudes se notificaron correctamente y que el plazo de respuesta ya venció.
  3. Realice la conferencia de la Regla 201(k). Haga el contacto personal y anote lo que ocurrió.
  4. Redacte la moción. La Regla 13.4(a) exige una moción por escrito con un título preciso, como "Motion to Compel Answers to Interrogatories and Production of Documents" (moción para obligar a responder interrogatorios y a entregar documentos), y una indicación de la autoridad en que se basa. Cite las Reglas 201(k), 213, 214 y 219(a) de la Corte Suprema, pida una orden con una fecha de cumplimiento específica y solicite los gastos razonables.
  5. Preséntela electrónicamente. Presente la moción en su caso existente mediante eFileIL, a través del portal Odyssey eFileIL o de otro proveedor de servicios de presentación aprobado.
  6. Notifique un aviso de moción. La Regla 2.1 del Tribunal de Circuito del Condado de Cook exige un aviso por escrito de la audiencia con el nombre y el número del caso, el juez, y la fecha, la hora y el lugar, notificado junto con una copia de la moción según la Regla 11 de la Corte Suprema, por lo general por correo electrónico.
  7. Prepárese para la audiencia. Lleve las solicitudes de pruebas, el comprobante de que las notificó, cualquier respuesta u objeción, su registro y sus cartas de la Regla 201(k), el certificado de notificación de su declaración jurada financiera y un proyecto de orden con un plazo firme. Las audiencias pueden ser en persona o por Zoom, según lo indique el juez.
  8. Dé seguimiento. Anote en su calendario la fecha de cumplimiento que fija la orden. Si pasa sin un cumplimiento total, el siguiente paso suele ser una moción de sanciones según la Regla 219(c).

El momento importa. Según la Regla 13.4(g)(ii) del Condado de Cook, una vez cerrada la obtención de pruebas, no se permite más salvo lo que autoricen las Reglas 213(i) y 214 de la Corte Suprema, o por orden del tribunal al demostrar circunstancias extraordinarias. Presente su moción mientras la obtención de pruebas siga abierta.

Sanciones según la Regla 219

Las sanciones en materia de pruebas provienen de la Regla 219 de la Corte Suprema. Según la Regla 219(a), si el tribunal determina que la negativa o la falta de respuesta fue sin una justificación sustancial, exigirá que la parte infractora, o la parte cuyo abogado aconsejó esa conducta, pague los gastos razonables de obtener la orden, incluidos los honorarios de abogado. La regla funciona en ambos sentidos: si la moción se niega y se presentó sin una justificación sustancial, paga quien la presentó.

Si después una parte no cumple una orden sobre obtención de pruebas, la Regla 219(c) permite al tribunal dictar las órdenes que sean justas, entre ellas:

  • suspender los procedimientos hasta que se obedezca la orden;
  • impedir que la parte presente otros escritos sobre el asunto, o que mantenga una pretensión o una defensa sobre él;
  • impedir que un testigo declare sobre el asunto;
  • dictar una sentencia en rebeldía o una desestimación sobre las pretensiones para las que el asunto es relevante, o eliminar partes relacionadas de un escrito;
  • ordenar el pago de los gastos razonables y de los honorarios de abogado, y una sanción económica cuando la conducta indebida es intencional; y
  • iniciar un procedimiento por desacato para obligar a obedecer.

La Ley de Matrimonio y Disolución del Matrimonio de Illinois (Illinois Marriage and Dissolution of Marriage Act) agrega su propia regla. Según la 750 ILCS 5/508(b), se presume que el incumplimiento de una orden sobre obtención de pruebas es sin causa o justificación apremiante, una presunción que solo puede refutarse con pruebas claras y convincentes, y el tribunal debe entonces otorgar a la parte vencedora los honorarios de abogado y los costos razonables.

Citaciones a bancos y empleadores

A veces es más fácil obtener los registros directamente de la fuente. Según la Regla 204(a)(1) de la Corte Suprema, la Secretaría del Tribunal emite citaciones a solicitud, y un abogado de Illinois que conste en el expediente también puede emitirlas. Una citación puede ordenar a un banco, un empleador, una empresa de nóminas o un plan de jubilación que entregue documentos. La Regla 204(a)(4) permite que el aviso exima a la persona de comparecer a una declaración bajo juramento (deposition) si entrega copias de los documentos indicados antes de una fecha fijada; la parte solicitante entrega entonces copias fieles y completas a todas las partes al menos tres días antes de la declaración programada y presenta un certificado de cumplimiento. Se deben pagar la tarifa y el kilometraje de la persona citada, y según la Regla 201(o) se debe presentar ante la Secretaría una copia de cualquier solicitud de pruebas dirigida a un tercero que no es parte del caso.

Las citaciones son útiles sobre todo cuando un cónyuge es dueño de un negocio o cuando el dinero puede haberse gastado en cosas ajenas al matrimonio. Consulte nuestras guías sobre cómo se divide un negocio en un divorcio y sobre la disipación de bienes matrimoniales, y nuestra página para dueños de pequeños negocios en un divorcio.

Lo que puede hacer la otra parte

  • Cumplir. Algunas mociones para obligar se resuelven cuando las respuestas llegan antes de la audiencia.
  • Objetar. La Regla 214(c) permite objeciones por escrito, incluida la de que la carga o el gasto serían desproporcionados respecto del beneficio probable según los factores de la Regla 201(c)(3).
  • Pedir una orden protectora (protective order). Según la Regla 201(c)(1), el tribunal puede negar, limitar, condicionar o regular la obtención de pruebas para evitar molestias, gastos, vergüenza, desventajas u opresión irrazonables.
  • Invocar un privilegio. La Regla 201(n) exige que la invocación sea expresa y que esté respaldada por una descripción de lo que se retiene y del privilegio exacto que se invoca.
  • Argumentar una justificación sustancial. La parte que tuvo una buena razón para el retraso puede evitar una condena en gastos, y puede pedir sus propios gastos si la moción carecía de justificación sustancial.

Errores comunes que debe evitar

  • Omitir el paso de la Regla 201(k). Una moción sin la declaración requerida puede negarse o aplazarse.
  • Presentar una moción vaga. Cite textualmente las solicitudes y las respuestas para que el juez pueda decidir sobre cada una.
  • No entregar primero su propia declaración jurada financiera. La Regla 13.3.1(e) del Condado de Cook la espera antes de que usted solicite pruebas.
  • Esperar a que se cierre la obtención de pruebas. Las mociones tardías enfrentan el estándar de circunstancias extraordinarias.
  • Pedir demasiado. Solicitar todos los registros de todos los años invita a objeciones de proporcionalidad.
  • Saltar a sanciones severas. Pida primero una orden con un plazo; las sanciones de la Regla 219(c) se dirigen al incumplimiento de las reglas o de una orden judicial.

Cómo puede ayudarle Chicago Family Attorneys

Chicago Family Attorneys, ubicado en 53 W. Jackson Blvd., Suite 752, en el Loop de Chicago, atiende la obtención de pruebas en casos de divorcio en los condados de Cook, DuPage, Will y Lake, como parte de la representación en divorcios o como una tarea definida de alcance limitado:

  • Obtención de pruebas y preparación de material probatorio. Solo redacción, con una tarifa fija a partir de $500.
  • Redacción de su moción para obligar. Una tarifa fija a partir de $500 para que usted la presente.
  • Una comparecencia en audiencia. Una tarifa fija a partir de $1,200 por la audiencia indicada en su acuerdo. Consulte los honorarios de alcance limitado.
  • Representación completa. Un pago inicial de $1,500 a $2,500, seguido de $500 a $650 por mes a partir de 30 días después del pago inicial mientras la representación permanezca activa. Consulte los honorarios de divorcio contencioso.

Las tasas de presentación judicial y los cargos por citaciones o por registros son aparte. Sus honorarios y el alcance del trabajo se confirman por escrito antes de contratar al despacho. Antes de su consulta, revise nuestras 25 preguntas para su consulta de divorcio y lleve sus solicitudes de pruebas y cualquier respuesta recibida.

¿Necesita respuestas que su cónyuge no quiere dar? Llame al 312-965-5618 o reserve una consulta gratuita. La reserva no establece una relación abogado-cliente.

Mociones sobre obtención de pruebas

Preguntas frecuentes

Respuestas claras para ayudarle a comprender el asunto y preparar su próximo paso.

¿Qué pasa si mi cónyuge no responde a los interrogatorios en Illinois?

Después del plazo de respuesta de 28 días, usted intenta resolverlo según la Regla 201(k). Si eso no funciona, puede presentar una moción para obligar según la Regla 219(a). El tribunal puede ordenar respuestas antes de una fecha fija y otorgar los gastos si la falta de respuesta no tenía justificación sustancial. Si la negativa continúa, pueden imponerse sanciones según la Regla 219(c).

¿Qué es una carta de la Regla 201(k)?

Es el nombre común de un intento por escrito de resolver una disputa sobre pruebas antes de presentar una moción. La Regla 201(k) exige una consulta personal e intentos razonables para resolver las diferencias, así que después de la carta haga una llamada o una reunión y describa esos esfuerzos en su moción.

¿Cuánto tiempo tiene mi cónyuge para responder a la solicitud de pruebas?

Según la Regla 213(d), los interrogatorios deben responderse u objetarse dentro de los 28 días siguientes a la notificación. Una solicitud de exhibición de documentos según la Regla 214 debe conceder al menos 28 días, salvo que las partes acuerden o el tribunal ordene otro plazo. La Regla 13.3.1 del Condado de Cook fija plazos separados para las declaraciones juradas financieras.

¿Puedo recuperar los honorarios de abogado si el tribunal concede mi moción para obligar?

Si el tribunal determina que la negativa fue sin justificación sustancial, la Regla 219(a) exige que la parte infractora pague los gastos razonables de obtener la orden, incluidos los honorarios de abogado. Cuando se incumple una orden sobre obtención de pruebas, la 750 ILCS 5/508(b) también exige otorgar honorarios, salvo que se refute la presunción contra quien incumplió.

¿Puedo pedir los registros bancarios de mi cónyuge mediante una citación?

Sí. Según la Regla 204, la Secretaría del Tribunal o un abogado que conste en el expediente puede emitir una citación que ordene a un banco entregar registros. Una copia de la solicitud al banco debe presentarse ante la Secretaría según la Regla 201(o), y las copias de lo que se entregue se envían a todas las partes.

Publicado el . Describe la ley de Illinois y el procedimiento judicial del Condado de Cook vigentes en esa fecha. Esta guía proporciona información general, no asesoramiento legal para su situación, y leerla no crea una relación abogado-cliente.

Preparado por Chicago Family Attorneys. Información general; el procedimiento aplicable depende de los documentos y las circunstancias.
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